PRO LAICIS
Vaticano, 26 agosto 2002
Estimados Señor y Señora:
Tengo el gusto de adjuntarles el decreto del Consejo
Pontificio para los Laicos, con fecha 26 de Julio del 2002, que confirma el
reconocimiento de los Equipos de Nuestra
Señora como asociación privada internacional de fieles, de derecho
pontificio y que aprueba, definitivamente, los Estatutos de la Asociación.
Estamos seguros de que esta nueva aprobación, que reciben
los Equipos de Nuestra Señora, constituirá para todos aquellos que los
integran, un nuevo impulso en su camino hacia la santidad, así como un gran
estímulo para el desarrollo de la acción del Movimiento en profundidad y en
extensión al servicio de las parejas cristianas.
Con mis saludos más cordiales
Stanislaw
Rylko
Secretario
(Anexo)
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Gérard y Marie Christine de ROBERTY
49, rue de la Glacière (7ème étage)
F – 75013 PARIS
PRO LAICIS
1652/02/AIC – 18
DECRETO
Los Equipos de Nuestra Señora nacieron en Francia, en el
año 1938, por iniciativa de algunos hogares que, acompañados por un sacerdote,
el P. Caffarel, adquirieron la costumbre de reunirse una vez al mes para redescubrir
juntos el sentido del matrimonio así como las riquezas de este Sacramento. La
primera reunión de equipo tuvo lugar en París, el 25 de Febrero de 1939. Muy
pronto los matrimonios que componían este primer equipo obtuvieron tal
beneficio para su vida conyugal que atrajeron a otros muchos para compartir con
ellos su experiencia. Fue así como, el 8 de Diciembre de 1947, se promulgó la
Carta de los Equipos de Nuestra Señora, considerada como el acto de fundación
del Movimiento.
Los Equipos de Nuestra Señora constituyen un movimiento de
espiritualidad conyugal, creado para responder a las exigencias de los
matrimonios cristianos deseosos de vivir plenamente su vida matrimonial a
partir del sacramento del matrimonio. Según los Estatutos, “en tanto que
Movimiento de formación espiritual y de ayuda, los Equipos de Nuestra Señora
ayudan a sus miembros a progresar en el amor a Dios y en el amor al prójimo;
recurren a la ayuda mutua fraterna para que sus miembros puedan asumir tanto personalmente
como en pareja las condiciones
concretas de su vida conyugal, familiar, profesional y social según la voluntad
de Dios; Los Equipos de Nuestra Señora estimulan a los matrimonios a tomar conciencia de su misión
evangelizadora en la Iglesia y en el mundo por medio del testimonio de su amor
conyugal y por otros medios de acción
que se desprendan de su elección.” (Estatuto, art. 3).
Subrayando el sentido del valor de la comunión conyugal, el
Papa Juan Pablo II pudo afirmar, durante el Año Jubilar de 2000, que “en
efecto, es en el sacramento del matrimonio donde los esposos (...) se esfuerzan
por expresarse recíprocamente y por dar testimonio ante el mundo del amor
fuerte e indisoluble con el que Cristo ama a su Iglesia. Es el “gran misterio”,
como lo llama el Apóstol Pablo (cfr Ef 5, 32) (Juan Pablo II, Homilía del Jubileo de las Familias, 15
de octubre de 2000, 4).
El Concilio Ecuménico Vaticano II, así como el magisterio
post-conciliar, han prestado una atención muy especial a las formas asociativas
de participación en la vida de la Iglesia, manifestándoles su muy profunda
estima y consideración (cfr. Decreto sobre el Apostolado de los laicos, Apostolicam actuositatem, 18, 19 y 21; Juan
Pablo II, Exhortación apostólica post-sinodal Christi fideles laici, 29).
En esta misma línea y en el umbral del tercer Milenio, el
Papa Juan Pablo II escribe que “el deber de promover las diversas realidades de
asociación reviste una gran importancia para la comunión, que tanto en sus modalidades
más tradicionales como en las más nuevas de los movimientos eclesiales, siguen
dando a la Iglesia una viveza que es un don de Dios constituyendo una
“auténtica primavera del Espíritu” (Carta Apostólica Novo Millennio Ineunte, 46).
En consecuencia:
Considerando que el Consejo Pontificio para los Laicos, por
medio del decreto del 19 de Abril de 1992, reconoció a los Equipos de Nuestra
Señora como una asociación privada internacional de fieles de derecho
pontificio, dotada de personalidad jurídica y aprobados sus Estatutos ad
experimentum;
Respondiendo a la petición presentada al Dicasterio, con
fecha del 11 de Marzo de 2002, por Gérard y Marie-Christine de Roberty,
Responsables del Equipo Internacional de los Equipos de Nuestra Señora, solicitando la aprobación definitiva de
los Estatutos;
Aceptando,
al mismo tiempo, las modificaciones hechas al texto de los Estatutos;
Considerando la irradiación apostólica del Movimiento y la
profundización en la formación de los miembros de los Equipos de Nuestra Señora que han trabajado al servicio de la
familia y de la sociedad durante todos estos últimos años, ayudando a los
hogares a vivir cristianamente su vida de matrimonio y a descubrir y realizar
el proyecto de Dios sobre ellos en su vida cotidiana;
Teniendo en cuenta los artículos 131-134 de la Constitución
Apostólica Pastor Bonus, sobre la
Curia Romana, así como el canon 312, 1, 1º del Código de Derecho Canónico, el
Consejo Pontificio para los Laicos decreta:
1-
La confirmación del reconocimiento del
Movimiento de los Equipos de Nuestra
Señora en tanto que asociación privada internacional de fieles, dotada de
personalidad jurídica, de acuerdo con los cánones 298-311 y 321-329 del Código
de Derecho Canónico.
2-
La aprobación definitiva de los
Estatutos de los Equipos de Nuestra
Señora, cuyo original se encuentra depositado en los archivos del Consejo
Pontificio para los Laicos.
Otorgado en el Vaticano, el veintiséis de Julio de dos mil
dos, el día de la memoria litúrgica de San Joaquín y de Santa Ana, padres de la
Bienaventurada Virgen María.
Stanislaw
RYLKO James
Francis Card. STAFFORD
Secretario Presidente