(Aprobados
el 26 de julio de 2002)
PREÁMBULO
Los Equipos de Nuestra Señora (E.N.S.) tuvieron su origen en un grupo de cuatro hogares preocupados por responder plenamente a las exigencias de su bautismo dentro y a través de su vida de matrimonio, y en un sacerdote, el Padre Henry CAFFAREL, que presentía las riquezas espirituales del sacramento del matrimonio.
La primera
reunión de equipo tuvo lugar en París, el 25 de febrero de 1.939. La Carta
Fundacional de los E.N.S., puesta a
punto el 8 de diciembre de 1947 por iniciativa del Padre Henry CAFFAREL y de
los responsables de aquella época,
constituye la verdadera acta fundacional del Movimiento, que quiso
ponerse bajo el patrocinio de la Madre de Dios.
La finalidad
principal de este Preámbulo es colocar los presentes estatutos dentro de la
intuición primitiva y, de esta manera, permitir a los E.N.S. seguir hacia
adelante con audacia y con confianza en la fidelidad a los carismas
fundacionales.
Como lo precisa
con claridad la Carta Fundacional de los E.N.S. en su nota nº1, y lo recordó el Padre fundador en la Pascua
de 1988 al recopilar los textos fundacionales de los E.N.S., desde su origen los Equipos de Nuestra Señora han querido ser un “Movimiento de
Espiritualidad y no simplemente un grupo de amistad de hogares cristianos
deseosos de evitar el aislamiento, ni
tampoco un Movimiento Familiar ni un Movimiento de Acción Católica”. Asimismo, desde el principio, no reúnen a individuos
sino a matrimonios, que quieran caminar
hacia la santidad dentro y a través del matrimonio.
La intuición
central de las primeras reuniones, que darán lugar a lo que se va a llamar la
“ESPIRITUALIDAD CONYUGAL” , es que los
matrimonios unidos por el sacramento del matrimonio están llamados a
santificarse, no a pesar de su matrimonio, sino dentro y a través de su
matrimonio. Hace 60 años nos
costaba captar la novedad de semejante afirmación. Todavía hoy es un aspecto que hemos de destacar.
En contacto
con aquellos matrimonios jóvenes, el Padre Caffarel descubre el sentido del
“gran misterio” de que habla San Pablo (Efesios 5, 32). Las parejas
unidas por el Sacramento del Matrimonio no tienen que buscar otro camino de
santificación que el de su amor, acogido y transfigurado por el amor
divino. Como el Padre Caffarel gusta de
repetir: “El matrimonio es darse el uno al otro para darse juntos”. Estos primeros equipos engendran también
otra intuición: el paralelismo entre
las dos relaciones de amor, la relación
entre el ser humano y Cristo, y la relación entre los esposos. Las dos relaciones tienen una evolución
similar: después de la alegría del
encuentro, un día llega la prueba de la noche y de la ausencia aparente. En 1945 empieza la publicación del “Anneau d’Or”, cuadernos de espiritualidad conyugal y familiar lanzados por el
Padre Caffarel con un editorial que
tendría gran repercusión: “Un deber desconocido”; basándose en un pasaje del Evangelio de San
Lucas (14, 28-34), habla del “Deber de Sentarse”, partiendo del principio de que “la casa acaba por derrumbarse si no se cuidan sus cimientos”; la rutina se adueña del hogar que no se
detiene para reflexionar, y la unión conyugal se resquebraja.
Cada vez son más
numerosos los hogares que se dan cuenta de su debilidad y de sus limitaciones
porque experimentan día a día lo estrecha que es la puerta y lo difícil que es
permanecer en el amor, por eso un
número cada vez mayor de ellos decide formar equipo dentro de un Movimiento
estructurado, a la vez flexible y riguroso.
Inspirados por
una experiencia de más de cincuenta años los E.N.S. tienen el convencimiento de
que el Movimiento responde más que nunca a las necesidades de los hogares y de
la Iglesia. En la actualidad, este
Movimiento está implantado en unos sesenta países y quiere ser portador del
testimonio cristiano en el mundo.
De conformidad
con el canon 299, párrafo 3, del Código de Derecho Canónico promulgado el 25 de
enero de 1973, el Equipo Responsable
Internacional de los E.N.S., acompañado de los matrimonios Súper Regionales y
numerosos Regionales, ha decidido por unanimidad establecer los Estatutos
siguientes.
Tienen por
finalidad:
¨
Atender a la coherencia del Movimiento
y a su crecimiento en continuidad y en fidelidad a las intuiciones de los
orígenes, permitiendo sin embargo las
adaptaciones necesarias, según las necesidades nuevas que se puedan percibir en
relación con los contextos de tiempos y lugares.
¨
Asegurar que la intuición fundacional
del Movimiento de los E.N.S. esté enraizada dentro de la Iglesia y obtener así
confirmación del reconocimiento de su especificidad.
¨
Servir de referencia a los miembros
del Movimiento y a sus responsables, y de garantía para las Autoridades
eclesiásticas.
¨
Precisar la expresión institucional de
la unión de los E.N.S. con la Santa Sede.
Artículo
1.- Denominación y calificación.
El nombre
oficial del Movimiento es “EQUIPES NOTRE DAME” ,
abreviado END. Esta denominación es
común para el conjunto del Movimiento, sin perjuicio del empleo de traducciones
oficiales. Se le añade, si llega el caso, el subtítulo: “Movimiento
de Espiritualidad Conyugal”.
Los E.N.S., como
Movimiento de laicos, constituyen una “asociación
internacional católica privada”, dirigida y
regida por los fieles, según el Código de Derecho Canónico promulgado el 25 de
enero de 1983, y de conformidad con los presentes Estatutos. Este Movimiento forma en la Iglesia una
comunidad espiritual de carácter universal.
Artículo
2.- Sede social.
La sede social
del Movimiento se sitúa en París (49, Rue de la Glasière 75013 París – Francia). Podrá ser trasladada a cualquier otro lugar
por decisión del Equipo Responsable Internacional.
Artículo
3.- Finalidades y caracteres esenciales.
Los E.N.S. tienen
como meta ayudar a los hogares cristianos a descubrir y a vivir todas las
dimensiones del sacramento del matrimonio, con fidelidad a las enseñanzas de la
Iglesia.
Movimiento de
formación espiritual y de perfeccionamiento, los E.N.S. ayudan a sus miembros a
progresar en el amor a Dios y en el amor al prójimo; hacen un llamamiento a la ayuda mutua fraterna, para que éstos
puedan asumir personalmente y en pareja las condiciones concretas de su vida
conyugal, familiar, profesional y social, según la voluntad de Dios; les incita a tomar conciencia de su misión
evangelizadora en la Iglesia y en el mundo,
por el testimonio de su amor conyugal,
y por otros modos de acción que les incumbe elegir.
Artículo 4.- Los miembros.
Son miembros de los E.N.S. los hogares unidos por el sacramento del matrimonio que se adhieren, con vistas a ponerlos en práctica, a los objetivos y a los métodos del Movimiento, tales como se definen en la última edición de la Carta Fundacional (mayo de 1972), en los documentos fundamentales que la han actualizado, y en los presentes Estatutos.
Cualquier hogar que cumpla con estas condiciones puede pertenecer a los E.N.S.- Después de un periodo de iniciación de una duración de al menos un año, vivido en equipo, acompañado de un hogar piloto que hace descubrir los distintos aspectos de la vida de los Equipos, cada hogar se compromete en el Movimiento o decide dejarlo.
Cada miembro se puede retirar en cualquier momento.
La exclusión de uno o varios miembros puede ser decidida, por motivo grave, por los Responsables locales, a reserva de un eventual recurso al Equipo Responsable Internacional.
Artículo 5.- Vida de equipo y ayuda mutua
de los miembros.
El equipo, verdadera comunidad eclesial, constituye la célula base del Movimiento. Suscitar y animar pequeñas comunidades de hogares que intentan vivir plenamente la vida cristiana en su hogar y en su familia, es pues la vocación específica de los E.N.S. como Movimiento en el seno de la Iglesia.
Después de un periodo de pilotaje y de iniciación, el equipo como tal se compromete en el Movimiento, que lo acoge, o bien decide dejarlo.
Cada año el equipo, compuesto por cinco o seis hogares, elige un hogar responsable; el equipo es asistido por un sacerdote, “consiliario”, que pone de manifiesto el lazo de unión con el sacerdocio y la comunión con la Iglesia.
La reunión de equipo mensual constituye el tiempo fuerte de la vida de equipo. Preparada por cada uno de sus miembros, la reunión se compone de una comida sencilla, un tiempo de oración, una puesta en común de las experiencias y de las preocupaciones de todos, un intercambio sobre un tema de reflexión en relación con los objetivos y las características esenciales del Movimiento, así como de una participación sobre los puntos concretos de esfuerzo, enumerados a continuación.
En efecto, los miembros de los E.N.S. se comprometen a hacer un esfuerzo a título personal y en pareja, sobre los “puntos concretos” siguientes:
Una regla de vida personal, un tiempo de verdadero diálogo conyugal cada mes para buscar juntos la voluntad del Señor (deber de sentarse), la escucha de la Palabra de Dios, la oración diaria, la oración conyugal y familiar diaria, y unos ejercicios espirituales anuales. Para todo ello, se comprometen también a ayudarse mútuamente en equipo y a participar en las actividades y en la vida del Movimiento.
Artículo 6.- Instancias de responsabilidad y de animación.
1). Varias instancias de responsabilidad y de animación están al servicio de la comunión fraternal para realizar los objetivos del Movimiento:
§ El hogar enlace, encargado de asegurar el enlace entre varios equipos (3 a 5).
§ El hogar Responsable de Sector, encargado de animar a un grupo de equipos (de 5 a 20), con la ayuda de un equipo, llamado Equipo de Sector, compuesto por varios hogares y un sacerdote consiliario de Sector.
§ El hogar Responsable Regional, encargado de la animación de varios Sectores.
§ El hogar Responsable Súper Regional, encargado de animar varias Regiones.
§ Y, según las necesidades, grupos de coordinación a nivel de un país o de varias Súper Regiones.
2). El Equipo
Responsable Internacional (ERI) asume colegialmente la responsabilidad general
del Movimiento; la ejerce en estrecha unión con los hogares Responsables Súper
Regionales.
El ERI se
compone de 5 ó 6 hogares, asistidos por un sacerdote consiliario. Estos hogares
son elegidos por el mismo ERI, después de proceder a varias consultas, en
especial con los Súper Regionales. La elección de los miembros del ERI se
inspira, dentro de lo posible, en el carácter internacional del Movimiento.
Generalmente
los miembros del ERI son elegidos para un periodo de seis años.
El ERI elige
entre sus miembros un Hogar Responsable, encargado de su animación y
coordinación. Este Hogar asume la gestión
“corriente” del Movimiento e informa regularmente a los miembros del ERI acerca
del ejercicio de su misión. Su mandato dura generalmente seis años. Es el
representante oficial del Movimiento.
Antes de
proceder al nombramiento del Hogar Responsable, el ERI se asegura que el
Consejo Pontificio para los Laicos no oponga ninguna objeción grave a dicha
elección.
El ERI puede
pedir la ayuda de expertos, sacerdotes o laicos, reunidos en consejo o no.
El ERI dispone
de un Secretariado Internacional.
Los Secretariados,
creados con el acuerdo del ERI en los distintos países según las necesidades,
están bajo la vigilancia de los Responsables locales; colaboran con el
Secretariado Internacional.
3). Todas las responsabilidades asumidas a cada uno de
los niveles son desempeñadas por hogares, miembros de los E.N.S., durante un
tiempo determinado, generalmente de 3 a 5 años. Los hogares referidos al apartado 1). de este artículo son
elegidos según los procedimientos fijados por cada Súper Región, con un
espíritu de común y de servicio.
Realiza dicho nombramiento el Hogar Responsable de la animación general
de la cual dependen.
Cada Hogar
Responsable, a partir del nivel de Responsable de Sector, representa al
Movimiento en su área geográfica. Esta representación se refiere únicamente
para las cuestiones señaladas en el artículo 3. Periódicamente el Hogar Responsable informa de sus iniciativas y
decisiones, así como de su gestión, a la instancia superior.
Los eventuales
casos por los que un Hogar Responsable será relevado de su servicio se
determinan en cada Súper Región, por
motivos graves (como el divorcio o escándalos públicos o privados), y teniendo
en cuenta el bien del Movimiento.
Artículo
7.- Los sacerdotes consiliarios.
Los sacerdotes
aportan a los Equipos la gracia insustituible de su sacerdocio, y no asumen
ninguna responsabilidad de gobierno;
por este motivo se les llama “consiliarios”.
El sacerdote,
consiliario de equipo, es elegido por los miembros del equipo entre los
sacerdotes que ejercen legítimamente el ministerio sacerdotal conforme al canon
325, párr. 2.
El sacerdote,
consiliario de Sector o de otro equipo de servicio, es elegido entre los
consiliarios de equipo por el Hogar Responsable de Sector, o por el hogar responsable del equipo de
servicio de acuerdo con el Hogar Responsable de la animación general del cual
depende. A este sacerdote le incumbe
efectuar las gestiones eventualmente necesarias con sus superiores jerárquicos
para poder aceptar este encargo; la
duración habitual de su servicio será de 3 a 5 años.
El sacerdote,
consiliario del ERI, es elegido por los miembros de ese Equipo Responsable
Internacional; su nombramiento debe ser
confirmado por la Santa Sede. La duración de su mandato será como máximo de 6
años.
Otros sacerdotes
pueden asociarse a la reflexión y a la animación espiritual del Movimiento, en
los distintos niveles de responsabilidad, en función de las circunstancias y de
las necesidades. Son elegidos por el nivel
interesado, con la conformidad de la instancia superior del Movimiento.
Artículo
8.- Administración de bienes.
El Movimiento
tiene como recursos el conjunto de las cotizaciones anuales pagadas por sus
miembros, así como los donativos, subvenciones o eventuales legados. Estos recursos sirven para cubrir los gastos
de funcionamiento, animación y expansión del Movimiento.
Puede adquirir
bienes inmuebles, mediante compra, donación o legado, pero habrán de destinarse
a la estricta realización de sus objetivos.
Cualquier persona
que maneje los recursos económicos del Movimiento habrá de rendir cuentas de
las cantidades recibidas y gastadas.
El ERI establece
cada año la política financiera del Movimiento, especialmente la contribución
internacional de las Súper Regiones o de las Regiones, y vigila su buena
ejecución.
El Movimiento
podrá constituir asociaciones civiles, nacionales o regionales, que gocen de
personalidad jurídica en los países donde los ENS estén implantados. La
decisión de crearlas, así como sus estatutos, deben ser sometidos a la previa
aprobación del ERI. Estas Asociaciones
podrán poseer y administrar bienes que pertenecen a los E.N.S., y dar cuenta de
ello cada año a los Responsables locales del Movimiento.
En espíritu de
trasparencia y de confianza, los documentos contables de las Asociaciones
civiles constituidas en las Regiones o en las Súper Regiones, o en las que
ellas participen, serán anualmente
comunicados al órgano de animación de las que dependan. Esto se aplica también
al ERI, que transmite al Colegio los documentos inherentes a cada asociación de
la que él sea miembro.
En el caso de disolución de una de esas Asociaciones, la
liquidación de sus bienes será efectuada conforme a las reglas en vigor en cada
país. Sin embargo la Asociación Internacional
vigilará que sus bienes se utilicen al servicio de los miembros del Movimiento,
o de instituciones vinculadas a la pareja y al matrimonio en los países de esas
asociaciones.
En caso de
disolución de la Asociación Internacional “EQUIPES NOTRE DAME”, la liquidación de sus bienes será realizada conforme al
canon 310, y, prioritariamente, a favor de asociaciones que tengan finalidades
similares.
Artículo
9.- Revisión de los Estatutos.
El ERI o dos
terceras partes de los Responsables Súper Regionales podrán proponer
modificaciones de los presentes Estatutos.
Las
modificaciones serán decididas por el ERI después de consultar a las Súper
Regiones, siguiendo el mismo proceso que para elaborar los presentes Estatutos,
y habrán de someterse a la aprobación de la Santa Sede.